A partir de la distinción que efectúa el artículo 2 del Código Civil y Comercial de la Nación entre "leyes", "disposiciones que surgen de los tratados humanos" , "principios" y "valores jurídicos", en el Derecho Argentino están reconocidas dos categorías de normas jurídicas: los "principios" y las "reglas". Con arreglo a esa diferencia, los "principios" son aquellas normas que ordenan que algo sea realizado en la mayor medida posible, "dentro de las posibilidades jurídicas y reales existentes"; Son "razones prima facie” (Alexy). Las reglas son las normas que deben ser obedecidas o desobedecidas, cuando se haya establecido una excepción o sean declaradas inválidas. Cuando son aplicables son "razones definitivas". Los principios son "mandat...
Las líneas que siguen tienen como propósito proponer una mirada ambiental del sistema legal del cons...
En las relaciones de poder de la España del siglo XVII, uno de los mecanismos esenciales, encargado...
El principio de no causar un daño a otro reconoce su origen en el principio romano: alterum non laed...
En el artículo se aborda cómo una técnica legislativa innovadora puede contribuir a la mejora del o...
La filosofía del derecho últimamente ha puesto sus ojos en la reflexión sobre los criterios interpre...
Los principios y valores han sido consagrados expresamente como orientadores de la interpretación y ...
A partir del desarrollo del movimiento codificador, se ubican dos dogmas: que el juez no crea derech...
La vulnerabilidad del consumidor. Su protección jurídica en el derecho interno y en el Derecho Inter...
El título es una optimización o reclamo desde la praxis; es que ya no cabe la sola atención a estere...
El objeto del presente trabajo es realizar una comparación de la regulación de la sustitución fideic...
El presente trabajo aborda el tema de la racionalidad científica en el marco de las críticas a la ve...
[Resumen] Concluía el último tercio del siglo pasado y comenzó a ser muy popular el arbitraje, norma...
El objetivo del presente trabajo de fin de grado es analizar la justicia penal de menores desde la p...
La obligación general de "no dañar" hace surgir inmediatamente la obligación de reparar el daño una ...
1.- El sistema de protección jurídico del consumidor, contemplado en el art. 50 de la LDC, no puede ...
Las líneas que siguen tienen como propósito proponer una mirada ambiental del sistema legal del cons...
En las relaciones de poder de la España del siglo XVII, uno de los mecanismos esenciales, encargado...
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